Naturaleza de la providencia y competencia
La providencia es un auto proferido por la Sala 20 Especial de Decisión del Consejo de Estado, en ejercicio de su competencia para resolver impedimentos manifestados por magistrados en un proceso contencioso administrativo.
Sentido de la decisión
La Sala resolvió:
- Declarar infundados los impedimentos manifestados por tres magistrados para conocer del recurso extraordinario de revisión interpuesto contra una sentencia que negó el reconocimiento de una bonificación salarial.
- Ordenar que, una vez ejecutoriado el auto, el expediente regrese al despacho del magistrado ponente para continuar con el trámite procesal correspondiente.
Razón principal de la decisión
La Sala consideró que no se configuraron los presupuestos de la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 141 del Código General del Proceso (CGP), que exige la concurrencia de dos elementos:
- Un elemento objetivo: la existencia de un interés directo o indirecto en el proceso por parte del magistrado, su cónyuge, compañero permanente o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
- Un elemento subjetivo: que dicho interés sea actual, real, serio, particular y que comprometa la imparcialidad y capacidad de juzgamiento del magistrado.
En los tres casos analizados, los magistrados manifestaron haber ejercido cargos beneficiarios de la bonificación por compensación o tener vínculos familiares con personas que han sido beneficiarias de dicha bonificación. Sin embargo, la Sala concluyó que:
- No existía un interés actual concomitante al momento de decidir, ya que los cargos desempeñados fueron en el pasado y no se acreditó la existencia de reclamaciones administrativas...