Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia es un auto emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en primera instancia, en el trámite de una acción de cumplimiento contra una entidad distrital.
Sentido de la decisión
- Declaración: Falta de competencia funcional del Consejo de Estado para conocer en primera instancia la acción de cumplimiento.
- Orden: Remisión del expediente a la Oficina Judicial – Sede Barranquilla para su reparto a los Juzgados Administrativos competentes.
- Comunicación: Notificación de la decisión a la parte accionante por los medios indicados en el proceso.
Razón principal de la decisión
El Consejo de Estado fundamentó su decisión en el régimen de competencia establecido en los artículos 152.14 y 155.10 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA). La norma establece que los Juzgados Administrativos de los distritos, municipios o departamentos tienen competencia en primera instancia para conocer acciones relativas a la protección de derechos e intereses colectivos o de cumplimiento contra autoridades de esos niveles territoriales. Dado que la entidad demandada es una Secretaría Distrital del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, y que el accionante señaló como domicilio la ciudad de Barranquilla, corresponde que el conocimiento inicial del proceso recaiga en los Juzgados Administrativos del circuito local y no en el Consejo de Estado.
Antecedentes fácticos y procesales
El actor presentó una acción de cumplimiento en ejercicio del derecho previsto en la Ley 393 de 1997, dirigida a que la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial...