Naturaleza de la providencia y contexto procesal
La Sala Primera de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado decidió un recurso de súplica interpuesto contra un auto que declaró la falta de competencia del Consejo de Estado para conocer una demanda presentada por una Caja de Compensación Familiar en contra de la Superintendencia Nacional de Salud. El auto cuestionado ordenó remitir el proceso a los tribunales administrativos. La decisión fue adoptada en el trámite de nulidad y restablecimiento del derecho.
Sentido de la decisión
- Confirmar el auto de 19 de agosto de 2026 que declaró la falta de competencia del Consejo de Estado para conocer el proceso.
- Ordenar la remisión del expediente a la oficina de reparto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca para que conozca del asunto en primera instancia.
- Devolver el expediente al despacho de origen para lo de su competencia.
Razón principal de la decisión
La Sala consideró que el acto administrativo impugnado, que ordenó a la Caja de Compensación Familiar asumir los gastos derivados de la liquidación de su programa de salud, produce un restablecimiento automático del derecho para el demandante. En consecuencia, el medio de control procedente no es la nulidad simple sino la nulidad y restablecimiento del derecho. Conforme a la normativa vigente y la teoría de móviles y finalidades, la competencia para conocer del proceso corresponde a los tribunales administrativos y no al Consejo de Estado. Asimismo, el análisis de las excepciones previstas en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) concluyó que no se...