Naturaleza de la providencia y contexto procesal
Se trata de un auto proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, en primera instancia, dentro del proceso contencioso administrativo de reparación directa. El auto resuelve el recurso de reposición y, en subsidio, el recurso de apelación interpuestos por la parte demandante contra un auto previo que negó algunas solicitudes de prueba y ordenó continuar con el trámite para proferir sentencia anticipada.
Sentido de la decisión
- No se acoge el recurso de reposición: se mantiene la negación de las solicitudes probatorias dirigidas al Ministerio de Salud y Protección Social y a la Superintendencia Nacional de Salud por considerarlas inconducentes.
- Se concede el recurso de apelación en efecto devolutivo: respecto de las decisiones probatorias contenidas en el auto previo para que sean conocidas por la instancia superior, el Consejo de Estado.
- Se ordena remitir el expediente al Consejo de Estado: una vez surtido el trámite correspondiente.
- Se dispone la notificación electrónica de la providencia: conforme a parámetros establecidos para garantizar el debido proceso y la igualdad de las partes.
Razón principal de la decisión
El tribunal sostuvo que las solicitudes de prueba formuladas en la demanda consistían en obtener "respuesta completa y de fondo" a peticiones previas dirigidas a las entidades demandadas, y no en la exhibición o remisión directa de documentos específicos preexistentes. Por ello, calificó como inconducentes las solicitudes dirigidas al Ministerio de Salud y a la Superintendencia, ya que pretendían la elaboración de documentos futuros o inexistentes. En cuanto a la solicitud dirigida a la sociedad mandataria,...