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Auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena subsanar trámite de traslado de prueba

Proviene de: Sentencias

20 de octubre de 2026 2:21:13

Naturaleza de la providencia y tribunal

Se trata de un auto de sustanciación proferido por la Sección Segunda – Subsección “A” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en Bogotá, como parte de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.

Sentido de la decisión

El tribunal resolvió:
  • Devolver el expediente a la Secretaría de la Subsección para que realice el traslado de la sentencia del Consejo de Estado, otorgando un término de tres días para dicha actuación.
  • Ordenar que, una vez cumplido el término para el traslado, el expediente sea devuelto al despacho para continuar con la decisión que corresponda en derecho.

Razón principal de la decisión

La providencia se fundamenta en la constatación de que no se cumplió con el traslado ordenado en el auto previo del 8 de septiembre de 2026. La prueba documental —una sentencia del Consejo de Estado de mayo de 2018— ingresó al expediente sin que se efectuara previamente el trámite de traslado, requisito indispensable para garantizar el derecho de defensa y el debido proceso en la actuación judicial.

Antecedentes relevantes

El proceso tiene por objeto un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho relacionado con la pensión vitalicia de jubilación de congresistas y la homologación de textos de enseñanza. En el auto del 8 de septiembre de 2026, el despacho había decretado de oficio la prueba consistente en la sentencia del Consejo de Estado mencionada y ordenado que, una vez allegada la documental, se realizara el traslado por tres días, conforme al artículo 110 del Código General del Proceso, sin necesidad...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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