Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia es un auto proferido por la Sala Cuarta del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, en primera instancia, en ejercicio del medio de control de nulidad electoral. La decisión se centra en la admisión de la demanda y la solicitud de medida cautelar para suspender provisionalmente los efectos del acto de elección del alcalde de Cartago.
Sentido de la decisión
- Admitió la demanda de nulidad electoral interpuesta contra la elección del alcalde de Cartago para el periodo constitucional 2024-2027.
- Decretó como medida cautelar la suspensión provisional de los efectos del formulario que declaró la elección del alcalde el 20 de septiembre de 2026.
- Ordenó oficiar a la Gobernación del Valle del Cauca para que se dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 108 de la Ley 136 de 1994, que prevé la suspensión provisional de la elección y la designación de un reemplazo durante ese periodo.
- Dispuso la notificación de la providencia a las partes, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio Público, y concedió un término de quince días al demandado para contestar la demanda.
Razón principal de la decisión
La Sala concluyó que la elección del alcalde demandado infringe el numeral 2° del artículo 95 de la Ley 136 de 1994, que establece la inhabilidad para ser elegido alcalde cuando, dentro de los doce meses anteriores a la elección, la persona haya ejercido como empleado público, autoridad política, civil, administrativa o militar en el respectivo municipio, o haya intervenido como ordenador del gasto en la ejecución de...