Consejo de Estado inadmite demanda contra decreto que levanta suspensión de porte de armas
Proviene de: Senrencias
31 de octubre de 2026 0:0:41
Antecedentes y objeto de la demanda
La demanda fue presentada por un particular en ejercicio del medio de control de nulidad por inconstitucionalidad previsto en el artículo 135 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Se solicitó la nulidad del Decreto 1368 de 8 de septiembre de 2026, mediante el cual se levantó la suspensión general de los permisos para el porte de armas de fuego en el territorio nacional, decreto expedido por el presidente de la república y el Ministerio de Defensa Nacional. Además, se pidió la suspensión provisional de los efectos del decreto.Consideraciones sobre la procedencia del medio de control
El Consejo de Estado evaluó si la demanda correspondía al medio de control de nulidad por inconstitucionalidad. Para que este medio proceda, el decreto debe ser un reglamento autónomo o constitucional cuya revisión no corresponda a la Corte Constitucional. En este caso, se determinó que el decreto no cumple estos requisitos, pues se fundamenta también en una norma de rango legal, el artículo 41 del Decreto Ley 2535 de 1993, modificado por la Ley 1119 de 2006. Además, el acto demandado no es un decreto ley expedido en ejercicio de facultades extraordinarias ni decreto legislativo. Por tanto, el medio de control adecuado es la nulidad simple prevista en el artículo 137 del CPACA.Requisitos formales y subsanación
La demanda fue inadmitida también por incumplimientos formales, entre ellos la falta de indicación del lugar y canal digital para notificaciones personales a las partes demandadas, y la ausencia de acreditación del envío de copia de...Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
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