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Comisión de Regulación de Agua Potable responde sobre cálculo tarifario para acueductos rurales

Proviene de: Conceptos

13 de marzo de 2025 0:19:18

La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) emitió un oficio dirigido al Acueducto Pasizara, en el municipio de Chachagüí, Nariño, aclarando las metodologías tarifarias aplicables para el cálculo de tarifas en acueductos rurales. La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) ha respondido a una solicitud realizada por el Acueducto Pasizara, ubicado en Chachagüí, Nariño, con respecto al proceso para calcular las tarifas de cobro por el servicio de acueducto en áreas rurales. La comunicación oficial aborda las disposiciones normativas aplicables y las metodologías tarifarias que deben seguirse. Uno de los puntos principales de la respuesta de la CRA se centra en la Ley 142 de 1994, que regula los servicios públicos domiciliarios en Colombia. Esta ley establece que las tarifas deben calcularse bajo el régimen de libertad regulada, que permite a los prestadores de servicios determinar sus tarifas siguiendo los criterios y metodologías establecidos por la Comisión. En el caso de acueductos rurales con menos de 5,000 usuarios, como el Acueducto Pasizara, se aplica la metodología definida en la Resolución CRA 825 de 2017, compilada en la Resolución CRA 943 de 2021. La CRA también precisa que las tarifas deben ser determinadas por la Entidad Tarifaria Local, que puede ser el alcalde municipal, cuando el servicio es prestado directamente por la administración, o la junta directiva del prestador del servicio. Sin embargo, aclara que los concejos municipales no tienen la facultad para definir tarifas. Además, se menciona que los rangos de consumo, clasificados como básico, complementario y suntuario, están regulados según la altitud del municipio. Por...

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