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CREG aclara procedimientos para autogeneradores de energía y entrega de excedentes

Proviene de: Conceptos

13 de marzo de 2025 0:19:30

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) emitió un concepto detallado sobre las condiciones de conexión y comercialización de energía para autogeneradores a pequeña y gran escala. La regulación destaca los derechos de los usuarios y las normas aplicables, como la Resolución CREG 174 de 2021 y el Decreto 1403 de 2024. La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) ha respondido a una consulta sobre los procedimientos y normativas que afectan a los autogeneradores de energía a pequeña escala (AGPE) y grande escala (AGGE), así como sobre la entrega y comercialización de excedentes de energía. El concepto emitido por la entidad detalla las disposiciones vigentes y responde a preguntas específicas relacionadas con las conexiones simplificadas y las condiciones regulatorias aplicables. Aspectos destacados de la regulación Entre los puntos clave, la CREG aclara que los autogeneradores, independientemente de su capacidad instalada, tienen la opción de no entregar energía a la red. Esto significa que el sistema puede operar exclusivamente para consumo propio sin necesidad de comercializar los excedentes. Sin embargo, en los casos donde se decida entregar energía a la red, la comercialización es obligatoria, de acuerdo con las disposiciones de la Resolución CREG 024 de 2015. Adicionalmente, el Decreto 1403 de 2024 establece lineamientos técnicos y operativos para los usuarios que opten por no entregar excedentes a la red. La CREG ha informado que trasladará los casos correspondientes al Ministerio de Minas y Energía para una orientación más específica sobre estas disposiciones. Simplificación en los procesos de conexión La Resolución CREG 174 de 2021 constituye el marco...

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