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Resolución JEP establece proceso de donación de bienes muebles a entidades públicas

Proviene de: Resoluciones

13 de marzo de 2025 3:21:9

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) oficializa la donación de bienes muebles dados de baja, siguiendo un procedimiento transparente y regulado, con el objetivo de beneficiar a entidades públicas nacionales y territoriales. La Resolución No. 132 de 2025, emitida el 28 de febrero por la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), establece el procedimiento para la enajenación gratuita de bienes muebles considerados obsoletos o en estado de deterioro. Estos bienes serán ofrecidos a entidades públicas interesadas, cumpliendo con un marco normativo que garantiza transparencia y eficiencia en el proceso. Procedimiento de donación El procedimiento estipulado se basa en el artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015, que regula la enajenación gratuita de bienes muebles entre entidades estatales. Según la resolución, los bienes dados de baja, tras la evaluación de su estado por el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable de la JEP, serán inventariados y ofrecidos a las entidades públicas mediante un acto administrativo. Este inventario está detallado en el anexo de la resolución. Las entidades interesadas deberán manifestar su interés en adquirir los bienes dentro de los 30 días calendario posteriores a la publicación del acto administrativo en la página web de la JEP. En esta solicitud, deben justificar la necesidad funcional del bien y cumplir con requisitos como la identificación del bien, el nombramiento del representante legal que suscribe la solicitud y la presentación de documentos soporte. Reglas en caso de múltiples solicitudes Si dos o más entidades manifiestan interés en el mismo bien, la resolución otorga preferencia a la entidad que haya enviado primero su solicitud. Sin embargo, si...

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