Logo Avance JurÍdico S.A.S

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

ISSN: 3114-9065

NUESTRO GRUPO

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2024, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades

Interpretación del Convenio Tributario entre Colombia e Italia

Proviene de: Oficios

19 de marzo de 2025 15:33:53

En un concepto jurídico emitido el pasado 7 de marzo de 2025, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) presentó una interpretación sobre el tratamiento tributario de las operaciones de aportes de capital y distribución de dividendos en el marco del Convenio para evitar la doble tributación entre Colombia e Italia. Este análisis busca aclarar las disposiciones aplicables y las implicaciones fiscales de dichas transacciones. Aportes de capital en reorganizaciones empresariales El concepto aborda un escenario en el que acciones de una sociedad colombiana son aportadas a un holding italiano como parte de una reorganización empresarial. Según la DIAN, si el accionista que realiza el aporte es residente fiscal en Colombia, la operación estaría gravada conforme a la legislación interna, dado que los convenios no limitan la potestad de los Estados para gravar a sus propios residentes. En este caso, los aportes en especie constituyen una enajenación para efectos fiscales y están sujetos al impuesto sobre la renta, según el artículo 319-2 del Estatuto Tributario. Por otro lado, si el accionista es un residente fiscal en Italia, tendrá derecho a los beneficios del Convenio, siempre que cumpla con las disposiciones de los artículos 1 y 4 del convenio. En este caso, las ganancias derivadas de la enajenación de acciones podrían estar gravadas en Colombia según lo estipulado en el artículo 13 del Convenio, dependiendo de factores como el valor de las acciones basado en bienes inmuebles o la participación accionaria directa o indirecta. Distribución de dividendos En cuanto a los dividendos, el concepto establece que si una sociedad colombiana distribuye dividendos a un holding...

Más noticias sobre Derecho Tributario

No se encontraron sugerencias