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Consulta sobre retención en la fuente para servicios prestados en el extranjero

Proviene de: Oficios

25 de marzo de 2025 21:9:21

La DIAN emitió un concepto que aclara la aplicación de retención en la fuente para pagos realizados por empresas colombianas a residentes fiscales en España por servicios prestados fuera del territorio colombiano. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó un concepto jurídico en respuesta a una consulta sobre la retención en la fuente aplicable a pagos realizados por una sociedad colombiana a una persona natural residente en España por servicios personales dependientes prestados en ese país. El pronunciamiento arroja luz sobre las disposiciones legales aplicables en el marco del Estatuto Tributario y el Convenio para Evitar la Doble Imposición (CDI) suscrito entre Colombia y España. El artículo 406 del Estatuto Tributario establece las situaciones en las que se aplica la retención en la fuente por impuesto de renta para pagos realizados a personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia. Sin embargo, la DIAN precisó que los ingresos derivados de servicios prestados fuera del país, bajo un contrato laboral suscrito en Colombia con un empleador distinto al Estado colombiano, no se consideran ingresos de fuente nacional. Por tanto, estos pagos no están sujetos a retención en la fuente en Colombia, según lo dispuesto en el artículo 24 del mismo estatuto. Este análisis se complementa con lo dispuesto en el CDI entre Colombia y España, que prevalece sobre la normativa interna. Según el artículo 14 del convenio, las rentas laborales obtenidas por un residente de uno de los Estados contratantes solo pueden gravarse en el Estado donde se ejerce el empleo, salvo excepciones específicas. En este caso...

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