La DIAN aclara normativa sobre transporte marítimo de mercancías nacionalizadas con tránsito en tercer país
Proviene de: Oficios
25 de marzo de 2025 21:9:34
Un concepto reciente de la DIAN establece que el transporte marítimo de mercancías nacionalizadas entre puertos colombianos, con tránsito por un tercer país, solo es posible en casos excepcionales y bajo condiciones específicas.
En respuesta a una consulta sobre el marco legal para el transporte marítimo de carga contenerizada de mercancía nacional o nacionalizada, que incluye un transbordo en un tercer país, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha emitido un concepto aclarando la normativa aplicable. El documento analiza los regímenes aduaneros vigentes y destaca la ausencia de una regulación expresa para este tipo de operaciones en condiciones normales, señalando que solo pueden realizarse en casos excepcionales debidamente justificados.
Normativa vigente y excepciones aplicables
El análisis de la DIAN se basa en el Decreto 1165 de 2019 y su resolución reglamentaria, y se enfoca en disposiciones relacionadas con el tránsito aduanero, transporte multimodal, cabotaje y tráfico fronterizo. En este contexto, el artículo 469 del mencionado decreto incluye dos parágrafos que regulan situaciones específicas de tránsito por terceros países:
- Parágrafo 2: Permite el transporte de mercancías nacionales o en libre disposición entre ciudades fronterizas colombianas, pasando por un país vecino, bajo la condición de que las mercancías transportadas sean las mismas que salieron del país y que el tiempo de permanencia en el exterior sea limitado.
- Parágrafo 3: Autoriza el transporte marítimo de mercancías nacionalizadas entre puertos colombianos con tránsito por terceros países, únicamente en situaciones excepcionales justificadas y bajo el cumplimiento de condiciones específicas.
La DIAN también remite al Oficio No. 903890 de 2021, donde se profundiza en la interpretación del parágrafo 3 del artículo 469, proporcionando más detalles sobre los requisitos para estas operaciones.
Invitación para reglamentación específica
Dado que actualmente no existe una norma que regule expresamente operaciones como la descrita en la consulta, la DIAN invita a los interesados a presentar una propuesta detallada de su operación a la Dirección de Gestión de Aduanas. Esto permitiría estudiar la posibilidad de desarrollar una reglamentación específica que contemple este tipo de transporte marítimo.
Consulta de normativa y doctrina
Finalmente, la DIAN recuerda que tanto la normativa vigente como la doctrina aplicable en materia tributaria, aduanera y de fiscalización cambiaria pueden ser consultadas en el Normograma DIAN a través de su sitio web oficial: [https://normograma.dian.gov.co/dian/](https://normograma.dian.gov.co/dian/).
Este concepto subraya la importancia de la precisión normativa en operaciones aduaneras complejas y plantea la necesidad de reglamentaciones específicas para facilitar el comercio en escenarios con particularidades logísticas.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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