Se actualizan normas para la habilitación de centros de referencia de enfermedades huérfanas en Colombia
Proviene de: Proyectos de Resolución
25 de marzo de 2025 18:33:36
El Ministerio de Salud y Protección Social modificó la Resolución 651 de 2018, ajustando los requisitos para la habilitación de centros de referencia de diagnóstico, tratamiento y farmacias destinados a la atención integral de enfermedades huérfanas.
El Ministerio de Salud y Protección Social expidió una resolución que introduce cambios importantes a la Resolución 651 de 2018, la cual establece las condiciones de habilitación de los centros de referencia para la atención integral de enfermedades huérfanas. Esta normativa busca garantizar una atención más precisa y eficiente para los pacientes con estas condiciones, ajustando los criterios de experiencia y procedimientos de habilitación.
Principales modificaciones
La nueva resolución modifica el artículo 4 de la Resolución 651 y realiza ajustes en el "Manual de habilitación de los centros de referencia de diagnóstico, tratamiento y farmacias". Entre los cambios más relevantes, se destacan:
1. Requisitos de experiencia acreditada:
- Se elimina la exigencia de demostrar el reconocimiento y pago de las atenciones por parte de las entidades responsables.
- Se permite acreditar la experiencia mediante registros clínicos, como las Historias Clínicas y los Registros Individuales de Prestación de Servicios (RIPS), evidenciando la atención de pacientes con diagnósticos confirmados de enfermedades huérfanas.
2. Plazos para visitas de verificación:
- Las entidades territoriales (departamentales o distritales) deberán realizar las visitas de verificación de las condiciones de habilitación de los centros dentro de un plazo de tres meses tras el registro de la solicitud en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS).
3. Actualización de estándares:
- Se realizaron ajustes en los estándares...
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