DIAN aclara obligaciones tributarias para operadores de juegos de azar en internet
Proviene de: Oficios
2 de abril de 2025 18:11:27
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha emitido el Concepto 003713 del 27 de marzo de 2025, en el que responde varias consultas relacionadas con la facturación electrónica y el cumplimiento de las disposiciones del Decreto Legislativo 0175 de 2025 por parte de los operadores de juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet.
Obligación de facturación electrónica
Según la DIAN, los operadores de juegos de azar en línea están obligados a emitir factura electrónica de venta o documentos equivalentes electrónicos, salvo que estén expresamente exceptuados. Esto se fundamenta en el artículo 1.6.1.4.3. del Decreto 1625 de 2016. Además, el concepto aclara que el IVA debe discriminarse en dichos documentos, asegurando el cumplimiento de las obligaciones tributarias. El documento también hace referencia al Concepto 003320 de 2025, en el que se especifica que las operaciones de juegos de azar en línea, tanto nacionales como internacionales, deben ser facturadas electrónicamente o mediante documentos equivalentes, incluso en casos donde no exista obligación de reporte a otras entidades estatales.Articulación entre Coljuegos y DIAN
La DIAN y Coljuegos, la entidad encargada de la supervisión de los juegos de azar, trabajan de manera coordinada según sus competencias. Mientras la DIAN se encarga de la administración, fiscalización y recaudo del IVA, Coljuegos tiene la potestad de inspección y control, incluyendo el bloqueo de plataformas no autorizadas. Ambas entidades buscan garantizar una adecuada implementación de la normativa vigente.Requerimientos tecnológicos y ajustes
Los operadores deben realizar integraciones y ajustes tecnológicos en sus plataformas para cumplir con las disposiciones del Decreto Legislativo 0175 de 2025. Esto incluye garantizar que los sistemas...Más noticias sobre Derecho Tributario
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