Ministerio de Transporte aclara la normativa sobre retenes y operativos de tránsito
Proviene de: Conceptos
14 de abril de 2025 14:35:31
El Ministerio de Transporte ha dado respuesta a una solicitud ciudadana sobre la normativa que regula los retenes y operativos de control de tránsito en las vías del país. La consulta planteaba dudas sobre la definición de retén, los criterios de señalización aplicables y las normativas que deben cumplir las autoridades responsables.
Definición de retén y normativa aplicable
De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 769 de 2002, un retén es definido como un “puesto de control instalado técnicamente por una de las autoridades legítimamente constituidas de la Nación”. Este concepto se complementa en el Manual de Señalización Vial (adoptado por la Resolución 20223040045295 de 2022 y modificado en 2024 por la Resolución 20243040045005), que clasifica los retenes como eventos especiales programables (EEP), es decir, actividades previamente planificadas y autorizadas por las autoridades de tránsito competentes.
Entre los eventos considerados como programables se encuentran los operativos de control de tránsito, retenes de la Policía Nacional o el Ejército, y actividades preventivas. Estos eventos deben minimizar el impacto sobre la circulación y garantizar la seguridad vial mediante medidas específicas.
Señalización y condiciones técnicas
El concepto emitido subraya que todo retén debe cumplir con requisitos de señalización informativa y preventiva. Por ejemplo:
- La señalización informativa debe indicar la entidad responsable (e.g., Policía Nacional, Ejército) y situarse entre 150 y 200 metros en vías rurales, y 50 metros en vías urbanas.
- Se deben colocar señales de advertencia, como la señal PEE-04 CONTROL, entre 100 y 300 metros antes del inicio del área de control, dependiendo de la velocidad máxima permitida en la vía.
- La instalación de dispositivos complementarios como conos, resaltos portátiles, y luces de baliza, asegura la canalización y segregación del área de control.
Además, los retenes deben evitar ubicarse inmediatamente después de curvas que dificulten su visibilidad y, en la medida de lo posible, desarrollarse en bermas, bahías o zonas adyacentes a las vías. Cuando no exista zona lateral disponible, se deben implementar medidas como la canalización del carril exterior.
Recomendaciones para los ciudadanos
El Ministerio aclara que los ciudadanos pueden identificar un retén legítimo por su señalización adecuada, que debe incluir información visible sobre la autoridad responsable y cumplir con las normas del Manual de Señalización Vial. Cualquier irregularidad, como la ausencia de señalización o procedimientos que no cumplan con estas disposiciones, puede ser reportada a las autoridades competentes.
Conclusión
El concepto emitido por el Grupo de Conceptos y Apoyo Legal del Ministerio de Transporte enfatiza que los retenes y operativos de tránsito deben cumplir con estrictos protocolos de señalización y seguridad definidos en la normatividad vigente. Estas medidas buscan garantizar la seguridad vial, la movilidad adecuada y el cumplimiento de la legalidad en las vías del país. Aunque este concepto no es vinculante, sirve como orientación para autoridades y ciudadanos interesados en la correcta implementación de estas actividades.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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