Corte Constitucional resuelve tres decisiones clave en comunicado sobre igualdad, conciliación laboral y procedimientos de elección
Proviene de: Comunicado de Prensa
4 de abril de 2025 19:39:24
Inexequibilidad del Ministerio de Igualdad y Equidad
En la Sentencia C-110/25, la Corte decidió mantenerse en lo resuelto previamente en la Sentencia C-161 de 2024, que declaró inexequible la Ley 2281 de 2023, la cual había creado el Ministerio de Igualdad y Equidad. La decisión se basó en que la ley violó procedimientos legislativos esenciales, como el análisis del impacto fiscal por parte del Ministerio de Hacienda. La inexequibilidad fue diferida hasta el fin de la legislatura 2025-2026, momento en el que la norma perderá vigencia. Sin embargo, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar destacó en su aclaración de voto que los vicios encontrados eran insubsanables y consideró que los efectos de la decisión deberían haberse aplicado desde la sanción de la ley.
Protección a trabajadora con estabilidad laboral reforzada
En la Sentencia SU-111/25, la Corte declaró ineficaz un acuerdo de conciliación laboral en el que una trabajadora renunció a su empleo mientras estaba protegida por el fuero de salud. La Corte consideró que la conciliación violó derechos irrenunciables y ordenó su reintegro o, en caso de imposibilidad, el reconocimiento de salarios, prestaciones y aportes a seguridad social. Además, la Corte solicitó al Ministerio del Trabajo implementar en un plazo de seis meses un sistema de monitoreo para garantizar la estabilidad laboral reforzada y prevenir barreras administrativas. Aunque la decisión fue aplaudida por su carácter garantista, algunos magistrados expresaron reservas sobre las implicaciones de extender la regla de estabilidad laboral reforzada a casos de terminación laboral por mutuo acuerdo.
Inhibición frente a demanda sobre elecciones públicas
En la Sentencia...
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