Consejo de Estado define autoridad competente en conflicto disciplinario del Fondo Nacional del Ahorro
Proviene de: Sentencias
22 de abril de 2025 20:49:3
El conflicto de competencias
El caso se originó por un proceso disciplinario contra los exvicepresidentes de Riesgos y de Gestión Humana del Fondo Nacional del Ahorro (FNA), quienes supervisaron un contrato suscrito en 2018. La Gerencia de Instrucción Disciplinaria del FNA, la Procuraduría Distrital de Bogotá y la Procuraduría Delegada de Instrucción 6 rechazaron la competencia para adelantar el caso, argumentando razones jerárquicas y normativas. Esto llevó a que el Consejo de Estado interviniera para resolver el conflicto.
El análisis del Consejo de Estado
La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado revisó la normatividad aplicable, incluyendo el Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019, modificado por la Ley 2094 de 2021) y la estructura organizacional del FNA. La decisión se fundamentó en:
1. La jerarquía institucional: El Consejo verificó que la Gerencia de Instrucción Disciplinaria del FNA, adscrita a la Secretaría General, tiene un nivel jerárquico equivalente al de las vicepresidencias implicadas. Esto garantiza independencia e imparcialidad en el proceso disciplinario.
2. La estructura del control interno disciplinario: El FNA cuenta con una organización que separa las etapas de instrucción y juzgamiento, cumpliendo con los principios de debido proceso y transparencia requeridos por la ley.
3. El criterio de especialidad y autonomía: La normativa vigente exige que una sola oficina especializada asuma el conocimiento integral de los procesos disciplinarios internos, salvo casos de excepción claramente establecidos.
Impacto de la decisión
El Consejo de Estado declaró competente a la Gerencia de Instrucción Disciplinaria del FNA para continuar con el proceso disciplinario. Además, ordenó notificar la decisión a las partes involucradas y reanudar los términos legales...
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