Gobierno Nacional reglamenta el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte
Proviene de: Proyectos de Decretos
24 de abril de 2025 18:4:19
El Gobierno Nacional ha expedido un decreto que reglamenta el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, aprobado mediante la Ley 2381 de 2024. Este sistema busca garantizar una protección universal y sostenible para los ciudadanos colombianos, estructurado en cuatro pilares: Solidario, Semicontributivo, Contributivo y Ahorro Voluntario.
Principales características del sistema
El decreto detalla la operación y administración de cada pilar, destacando su enfoque en la sostenibilidad financiera y en la solidaridad intergeneracional. Este esquema busca cubrir las necesidades de aquellos en situación de vulnerabilidad, así como ofrecer opciones para trabajadores dependientes e independientes.
1. Pilar Solidario: Ofrece una Renta Básica Solidaria dirigida a personas en condición de pobreza extrema, pobreza o vulnerabilidad, mayores de 60 años en el caso de las mujeres y 65 años para los hombres. El monto de esta renta será actualizado anualmente según el IPC certificado por el DANE.
2. Pilar Semicontributivo: Está diseñado para quienes hayan cotizado entre 300 y menos de 1000 semanas. Este pilar garantiza una Renta Vitalicia, no heredable ni sustituible, que en ningún caso superará el 80% del salario mínimo.
3. Pilar Contributivo: Integra a trabajadores dependientes, independientes y servidores públicos, estableciendo dos componentes: el de Prima Media y el Complementario de Ahorro Individual. Este pilar ofrece diversas prestaciones, incluyendo pensión de sobrevivientes, invalidez y vejez.
4. Pilar de Ahorro Voluntario: Permite a los ciudadanos realizar aportes adicionales a su cuenta de ahorro para mejorar su pensión o cumplir requisitos para prestaciones.
Implementación y administración
La implementación del sistema estará a cargo de diversas entidades. Colpensiones administrará los pilares Contributivo y...
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