La Corte Suprema resuelve conflicto de competencia entre juzgados civil y archiva proceso ejecutivo
Proviene de: Sentencias
7 de mayo de 2025 18:0:28
La controversia surgió entre el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Armenia y el Juzgado Cincuenta Civil del Circuito de Bogotá, en relación con el conocimiento del proceso ejecutivo promovido por una empresa prestadora de servicios públicos domiciliarios contra otra entidad del sector.
El conflicto se originó porque la parte demandante presentó la demanda en el juzgado de Armenia bajo el argumento de que la obligación debía cumplirse en el municipio de Montenegro, Quindío, donde se prestaron los servicios de disposición final de residuos en un relleno sanitario local. Sin embargo, el juzgado de Armenia rechazó la demanda por falta de competencia, señalando que el domicilio del creador del título ejecutivo (la empresa accionante) estaba en Bogotá, y que las facturas no especificaban un lugar de pago distinto.
Por su parte, el juzgado de Bogotá consideró que el asunto debía tramitarse en Armenia, señalando que la empresa demandada tenía una sucursal en Montenegro y que el cumplimiento de la obligación se daba en ese municipio, punto relacionado con el negocio subyacente que dio origen a las facturas.
Ante la discrepancia, se elevó el conflicto a la Corte Suprema para definir el juez natural competente. No obstante, antes de que la Corte tomara una decisión sobre el fondo, la parte demandante manifestó su intención de retirar la demanda, petición que fue aceptada por el juzgado de Bogotá.
Por tanto, la Sala de Casación Civil decidió no dar trámite al conflicto de competencia por sustracción de materia y ordenó devolver el expediente al juzgado de Bogotá para el archivo correspondiente.
Importancia de la competencia territorial y conclusiones
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