La Corte Suprema resuelve conflicto de competencia entre juzgados civiles sobre demanda ejecutiva de empresa de servicios públicos
Proviene de: Sentencias
14 de mayo de 2025 16:49:21
Antecedentes del caso
Una empresa de servicios públicos presentó una demanda ejecutiva contra un municipio para obtener el pago de una factura por servicios prestados. Inicialmente, el juzgado administrativo remitió el proceso al tribunal administrativo por razón de la cuantía, pero este también declinó competencia y envió el caso a un juzgado civil del circuito. El asunto fue asignado a un juzgado civil en Bogotá, que rehusó conocerlo y remitió la causa a otro juzgado civil en el distrito donde está domiciliado el municipio demandado. Este último juzgado también rehusó la competencia y suscitó el conflicto que fue resuelto por la Corte Suprema.
Criterios para determinar la competencia
La Corte recordó que la distribución de competencia entre jueces se basa en factores territoriales, objetivos, subjetivos, funcionales y de conexidad. Por lo general, el juez competente es el del domicilio del demandado o el del lugar de cumplimiento de la obligación. En procesos ejecutivos, el acreedor puede elegir entre estos foros, y dicha elección debe respetarse.
Sin embargo, existen fueros privativos cuando una de las partes es una entidad pública o descentralizada, en cuyo caso corresponde al juez del domicilio de dicha entidad conocer el proceso. La Corte reiteró que este fuero es prevalente cuando participa un organismo público o descentralizado.
Naturaleza jurídica de la empresa de servicios públicos
La Corte analizó la naturaleza jurídica de la empresa demandante, que es una sociedad comercial de servicios públicos con participación accionaria pública superior al 40%. Según la Ley 142 de 1994 y la Ley 489 de 1998, las empresas de servicios públicos con participación estatal, aunque sean mixtas...
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