La Corte Suprema resuelve conflicto de competencia entre juzgados civiles de Palmira y Cali
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2025 13:12:27
Antecedentes del caso
Un proceso monitorio fue promovido contra una entidad prestadora de salud, solicitando el pago por servicios relacionados con la coordinación de un hogar de acogida en Tuluá, Valle del Cauca. La demanda fue inicialmente presentada ante el Juzgado Quinto Civil Municipal de Palmira, con fundamento en la vecindad del demandado. Sin embargo, este juzgado rechazó la demanda por falta de competencia y remitió el expediente al Juzgado Quince Civil Municipal de Cali, donde se encuentra la sede principal de la entidad demandada. A su vez, el Juzgado Quince Civil Municipal de Cali rehusó asumir la competencia y planteó un conflicto, argumentando que la entidad demandada está dividida en zonas administrativas, y que la sucursal ubicada en Palmira debería ser competente para conocer el caso. Además, destacó que la elección del actor debe ser respetada en este tipo de procesos.Consideraciones jurídicas
La Corte Suprema recordó los diversos factores para determinar la competencia judicial en Colombia: objetivo, subjetivo, funcional, territorial y de conexidad. En particular, destacó que el factor territorial incluye múltiples fueros, como el general (domicilio del demandado), contractual, extracontractual, entre otros. En casos donde concurren varios fueros, la ley otorga al actor la facultad de elegir el juez competente dentro de las opciones disponibles. Esta elección, una vez realizada, se convierte en privativa y no puede ser modificada unilateralmente por el juez, salvo objeción fundada del demandado. El análisis del caso mostró que la elección inicial del actor fue el domicilio del demandado principal. Por su parte, el Juzgado de Palmira consideró prematuro asumir competencia sin esclarecer la participación de la sucursal...Más noticias sobre Derecho Civil
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