La Corte Suprema define competencia en conflicto entre juzgados por factura electrónica
Proviene de: Sentencias
9 de mayo de 2025 10:3:34
Antecedentes del conflicto
Un proceso ejecutivo singular fue instaurado contra una persona natural para reclamar el pago documentado en una factura electrónica. La demanda fue presentada inicialmente ante el Juzgado Séptimo Civil Municipal de una ciudad del Meta, argumentando que ese era el lugar pactado para el cumplimiento de la obligación. Sin embargo, este juzgado rehusó su competencia porque el domicilio del demandado y el lugar de cumplimiento indicados en la factura eran de otra ciudad, en Santander. Por su parte, el Juzgado Sexto de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de esa última ciudad también declinó competencia, basándose en que el actor había elegido válidamente el juez del lugar de cumplimiento conforme al Código General del Proceso y la normativa mercantil aplicable.
Fundamentos jurídicos y criterios de la Corte
La Corte Suprema recordó que, en los procesos contenciosos, la competencia puede basarse en dos criterios concurrentes: el domicilio del demandado o el lugar de cumplimiento de la obligación derivada del negocio jurídico o título ejecutivo. El demandante tiene la facultad de elegir entre estas opciones, y tal elección se considera privativa, es decir, no puede ser modificada por el juez sin objeción fundamentada del demandado.
En el caso analizado, aunque la factura electrónica no especificaba el lugar de cumplimiento, la Corte señaló que dicha omisión se suple con el artículo 621 del Código de Comercio, que establece que en títulos valores el lugar de cumplimiento se considera el domicilio del creador del título. En este caso, dicho domicilio corresponde a la ciudad del Meta donde se presentó la demanda.
De esta manera, la elección del...
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