La Corte Suprema declara nulidad por irregularidad en notificación de sentencia de segunda instancia en caso de violencia intrafamiliar
Proviene de: Sentencias
9 de mayo de 2025 10:3:11
Contexto y hechos del caso
El proceso se originó por una condena por el delito de violencia intrafamiliar agravada en concurso homogéneo y sucesivo. La sentencia de primera instancia y su confirmación en segunda instancia, ambas emitidas por el Juzgado Penal Municipal y la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá respectivamente, condenaron al acusado a 76 meses de prisión y a la inhabilitación para ejercer cargos públicos por el mismo término. Los hechos involucraron agresiones físicas, verbales y amenazas en el ámbito familiar.
Irregularidad procesal detectada
La Corte advirtió una irregularidad sustancial que afecta la estructura del debido proceso: la omisión de la audiencia de lectura de fallo en la notificación de la sentencia de segunda instancia, exigida por los artículos 169 y 179 de la Ley 906 de 2004. Esta audiencia es fundamental para garantizar la publicidad, oralidad y el derecho de contradicción en el sistema penal acusatorio. Su ausencia desnaturalizó el trámite de notificación y afectó los términos para interponer el recurso extraordinario de casación.
Fundamentos jurídicos y normativa aplicable
- La Ley 906 de 2004 establece que la notificación de las decisiones judiciales en procesos penales debe realizarse en audiencia pública, salvo fuerza mayor o caso fortuito.
- La Ley 1826 de 2017, que regula el procedimiento especial abreviado, mantiene esta obligación.
- La audiencia de lectura de fallo activa el término para presentar recursos, incluyendo el de casación.
- La ausencia de dicha audiencia implica una irregularidad sustancial que puede anular las actuaciones afectadas, conforme al artículo 457 de la Ley 906 de 2004.
Implicaciones y orden de la Corte
Por lo anterior, la Sala...
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