La Corte Suprema ordena trámite adecuado para definir competencia en caso de violencia intrafamiliar agravada
Proviene de: Sentencias
7 de mayo de 2025 17:53:15
Antecedentes del caso
El proceso penal se inició por hechos ocurridos en dos municipios, donde un acusado fue señalado por violencia física y psicológica contra una persona adulta mayor, su progenitora. La captura fue legalizada y se impuso medida de aseguramiento consistente en detención preventiva. La acusación recoge múltiples episodios de maltrato, tanto en el lugar de residencia de la víctima como en otro municipio.
Inicialmente, el juzgado de control de garantías del primer municipio legalizó la captura y adelantó la audiencia concentrada. Sin embargo, la juez consideró que no tenía competencia para conocer el caso, dado que la mayoría de los hechos ocurrieron en otro municipio, lugar de residencia de la víctima y donde está privado de la libertad el procesado. La fiscalía y la defensa no objetaron esta decisión.
El expediente fue remitido al juzgado promiscuo del segundo municipio, que se abstuvo de pronunciarse sobre la competencia y remitió el caso a la Sala de Casación Penal para resolver la controversia.
Consideraciones jurídicas
La Corte Suprema recordó que, conforme a los artículos 32 y 54 de la Ley 906 de 2004, la Sala es competente para resolver conflictos de competencia entre autoridades judiciales de distintos distritos. No obstante, reiteró un precedente jurisprudencial que establece que cuando juez y partes coinciden en la incompetencia del juzgado, el juez debe remitir el expediente al juez considerado competente para que asuma o rechace motivadamente el caso, evitando dilaciones innecesarias.
Si el juez remitente y el juez receptor no llegan a un acuerdo, la disputa debe ser elevada a la autoridad competente para definirla, en este caso, la...
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