La Corte Suprema acepta desistimiento de acción de tutela en etapa procesal oportuna
La Corte Suprema acepta desistimiento de acción de tutela en etapa procesal oportuna
Proviene de: Sentencias
14 de mayo de 2025 16:49:32
Fundamentos legales y jurisprudenciales
De acuerdo con el artículo 26 del Decreto 2591 de 1991, la posibilidad de desistir de una acción de tutela está reservada a quien actúa como recurrente en el trámite de impugnación. Sin embargo, la Corte Constitucional ha establecido en múltiples pronunciamientos que el desistimiento es viable en cualquiera de las dos instancias procesales siempre que no se haya proferido una sentencia definitiva sobre el caso.
Esta interpretación se ha reiterado en autos como el CC A-345-10, CC A-008-10 y CC A-283-15, donde se aclara que el desistimiento depe ...