La Corte Suprema se abstiene de sancionar a magistrado por incumplimiento en fallo de tutela
Proviene de: Sentencias
14 de mayo de 2025 16:49:57
Antecedentes y orden judicial
Un ciudadano interpuso acción de tutela contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá por la presunta vulneración de su derecho fundamental al debido proceso, debido a la demora en la resolución de un recurso de apelación contra una sentencia condenatoria por violencia intrafamiliar agravada. La Corte Suprema, en providencia de tutela, ordenó a la Sala Penal resolver dicho recurso en un plazo de tres meses.Incidente de desacato y respuesta del magistrado
Al cumplirse el término sin que se emitiera la resolución, el accionante promovió un incidente de desacato contra el magistrado responsable. La Sala de Casación Penal requirió información sobre el cumplimiento de la orden. En respuesta, el despacho del magistrado informó la programación de la fecha para la lectura del fallo y la existencia de un proyecto de decisión registrado, explicando además la congestión laboral y limitados recursos humanos que dificultaron una resolución más pronta.Análisis y decisión
La Corte Suprema recordó que el incumplimiento de una orden de tutela puede ser sancionado si existe responsabilidad subjetiva, es decir, dolo o negligencia comprobados. En este caso, aunque objetivamente no se cumplió el plazo, las gestiones activas evidenciadas con la presentación del proyecto y la fijación de fecha para la lectura de la sentencia demostraron ausencia de dolo o negligencia. Por lo tanto, no se reunieron los requisitos necesarios para imponer sanción por desacato al magistrado. Sin embargo, se hizo un llamado de atención para que, en adelante, se asuma una posición más diligente y oportuna en el cumplimiento de órdenes judiciales, considerando la importancia de proteger derechos fundamentales.Implicaciones...
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