No procede pensión de sobrevivientes para madre sin dependencia económica comprobada del hijo fallecido
Proviene de: Sentencias
14 de mayo de 2025 12:10:31
Antecedentes del caso
Una señora demandó a una administradora de fondos de pensiones para obtener el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes tras el fallecimiento de su hijo, argumentando que este contribuía económicamente a su sustento, ya que ella no contaba con ingresos propios suficientes. La entidad demandada negó la solicitud alegando falta de dependencia económica. En primera instancia, el juzgado laboral reconoció el derecho a la pensión con pago retroactivo y condenó a la administradora al pago de intereses moratorios. Sin embargo, en segunda instancia, el tribunal revocó dicha decisión, absolviendo a la entidad y declarando probada la excepción de falta de causa para pedir, al considerar que la demandante no dependía económicamente de su hijo.Argumentos y valoración judicial
El recurso extraordinario interpuesto por la demandante cuestionó la interpretación del tribunal sobre el concepto de dependencia económica, señalando que la ayuda económica brindada por el hijo, aunque parcial, era significativa para el sostenimiento del hogar, que incluía también a una mascota, considerada como un miembro más de la familia. La administradora de fondos de pensiones defendió la decisión, argumentando que el aporte del hijo no cubría las necesidades básicas de la madre, sino gastos accesorios y que esta contaba con el sustento de su cónyuge, por lo que no se configuraba la dependencia económica requerida por la ley. Además, sostuvo que el reconocimiento de la mascota como integrante familiar no podía extender la pensión a gastos no esenciales.Consideraciones de la Corte Suprema de Justicia
La Sala de Casación Laboral recordó que para acceder a la pensión de sobrevivientes es indispensable acreditar una...Más noticias sobre Derecho Laboral
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