No casa la Corte Suprema sentencia sobre pensión voluntaria de jubilación contra EPM y Colpensiones
Proviene de: Sentencias
9 de mayo de 2025 10:3:6
La Corte Suprema de Justicia, en su Sala de Casación Laboral, resolvió un recurso de casación interpuesto por el demandante contra la sentencia de segunda instancia que confirmó la absolución de EPM ESP y Colpensiones en un proceso relacionado con el reconocimiento de una pensión voluntaria de jubilación.
Antecedentes del caso
El demandante solicitó que se condenara a EPM ESP a reconocerle una pensión voluntaria de jubilación con base en actas internas de la entidad de 1986 y 1987, pues cumplía con los requisitos de tiempo de servicio y edad para acceder a dicha prestación. En subsidio, pidió que se declarara ilegal la desafiliación de los trabajadores al Instituto de los Seguros Sociales (ISS) y que se ordenara a la ex empleadora pagar los aportes omitidos. EPM ESP y Colpensiones se opusieron a las pretensiones, alegando que la afiliación al sistema de seguridad social integral se hizo obligatoria a partir de la Ley 100 de 1993 y que la desafiliación y posterior afiliación al ISS estaban dentro del marco legal. Además, explicaron que la entidad empleadora cumplió con el pago del bono pensional tipo B correspondiente al tiempo laborado sin cotización.Decisiones judiciales previas
El juzgado de primera instancia absolvió a las entidades demandadas y declaró probada la excepción de cosa juzgada respecto a la reliquidación de la pensión. La Sala Laboral del Tribunal Superior confirmó esta decisión, señalando que el demandante no cumplió los requisitos para causar la pensión voluntaria antes de la entrada en vigencia del sistema general de pensiones y que la desafiliación realizada en 1987 no era ilegal. Se destacó que la...Más noticias sobre Derecho Laboral
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