La Corte Suprema ratifica derecho a pensión de sobrevivientes sin requisito de fidelidad en cotizaciones
Proviene de: Sentencias
9 de mayo de 2025 19:9:12
Contexto del caso
Un beneficiario solicitó el reconocimiento retroactivo de la pensión de sobrevivientes causada por el fallecimiento de un afiliado a un fondo de pensiones. La administradora de fondos negó la prestación alegando incumplimiento del requisito legal de fidelidad en las cotizaciones, además de cuestionar la calidad de estudiante del reclamante, requisito exigido para mayores de edad. También se integró una aseguradora en garantía, siendo esta eximida en parte de la responsabilidad. El juzgado de primera instancia condenó a la administradora a pagar la pensión desde la fecha de fallecimiento hasta que el beneficiario cumpliera 25 años o acreditara su condición de estudiante, junto con las mesadas retroactivas y los intereses moratorios, absolviendo en otros aspectos y desestimando excepciones presentadas.Decisión en segunda instancia
El Tribunal Superior modificó parcialmente la sentencia, confirmando el pago de las mesadas retroactivas y ordenando el reconocimiento de intereses moratorios desde la fecha indicada hasta el pago efectivo. Asimismo, rechazó las excepciones de mérito alegadas por la administradora y la aseguradora, salvo la improcedencia en condena en costas para esta última.Análisis jurídico y fundamentos
El tribunal consideró probado que el afiliado cumplió con las semanas de cotización requeridas en el trienio anterior a su fallecimiento y que el beneficiario cumplía con la condición de beneficiario de la pensión. Con base en precedentes de la Corte Suprema y la Corte Constitucional, se inaplicó el requisito de fidelidad en las cotizaciones, declarado inexequible en sentencia constitucional, por ser contrario al principio de progresividad y no regresividad en materia pensional. La Corte Suprema evaluó el recurso de casación presentado por la administradora, que...Más noticias sobre Derecho Laboral
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