La Corte Suprema ordena pago de pensión de jubilación convencional a extrabajador de CHEC S.A.
Proviene de: Sentencias
12 de mayo de 2025 13:10:52
Antecedentes del caso
La Corte Suprema conoció el recurso de apelación presentado por un extrabajador contra la sentencia que absolvió a la empresa demandada en un proceso laboral relacionado con el pago de la pensión de jubilación convencional. En la instancia anterior, se solicitó a CHEC S.A. información sobre los conceptos salariales, el retiro del trabajador y el pago de acreencias laborales, así como la certificación de Colpensiones sobre la fecha y montos de la pensión de vejez reconocida.
Decisión y fundamentos
La Corte concluyó que el trabajador cumplió el requisito de tiempo de servicios para causar el derecho a la pensión convencional antes de la entrada en vigencia del Acto Legislativo 01 de 2005, consolidando así el derecho. El disfrute de la pensión se condiciona a la fecha de retiro, que fue el 30 de julio de 2020.
En cuanto a la liquidación, se aplicó el artículo 8º de la Ley 171 de 1961 y el artículo 260 del Código Sustantivo del Trabajo, estableciendo que la pensión convencional corresponde al 75 % del promedio de los salarios devengados en el último año de servicios. La primera mesada en 2020 fue de $2.250.703,02, con un total de 14 mesadas anuales, siendo la última a cargo del empleador en un 100 %.
Además, se estableció la compartibilidad con la pensión legal otorgada por Colpensiones, por lo que CHEC S.A. deberá pagar la diferencia entre ambas pensiones, que a partir del 1º de mayo de 2025 será de $887.157,53, ajustable anualmente según el índice de precios al consumidor (IPC).
Pago de retroactivos e intereses
La compañía fue condenada...
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