La Corte Suprema niega tutela contra decisiones judiciales sobre pago de salarios en despidos colectivos
Proviene de: Sentencias
14 de mayo de 2025 12:7:3
Antecedentes del caso
Un grupo de trabajadores inició un proceso ordinario laboral para que se declarara la existencia de contratos laborales que habían terminado en despido colectivo, y se ordenara el reintegro y el pago de salarios dejados de percibir. La primera instancia declaró la ineficacia de los despidos y condenó a la entidad empleadora principal al pago de salarios y prestaciones sociales. Posteriormente, la Sala Laboral del Tribunal Superior modificó la decisión para condenar solidariamente al Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público (DADEP), como entidad beneficiaria directa de los servicios prestados.
En el trámite ejecutivo laboral, el Juzgado Veintitrés libró mandamiento de pago contra ambas entidades. Sin embargo, tras la presentación de excepciones por parte del DADEP, el juez declaró probado el medio de excepción de compensación y ordenó continuar la ejecución solo contra la entidad empleadora principal en liquidación. Esta decisión fue confirmada en apelación por la Sala Laboral del Tribunal Superior.
La acción de tutela y su análisis
Los trabajadores presentaron acción de tutela argumentando que los autos que excluyeron al DADEP de la ejecución vulneraban sus derechos fundamentales, especialmente porque las condenas habían sido impuestas en solidaridad. También sostuvieron que la entidad empleadora principal estaba en liquidación y solo el DADEP podía responder por las obligaciones.
La Corte Suprema examinó los requisitos de procedencia de la tutela contra decisiones judiciales y concluyó que se cumplían. Sin embargo, al analizar la decisión cuestionada, determinó que no existió ninguna causal específica que justificara la tutela, como defecto procedimental, material o falta de motivación.
Fundamentos de la Corte
La Sala resaltó que la decisión...
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