Negada tutela para priorización de turno en proceso de pensión de invalidez por mora judicial
Proviene de: Sentencias
7 de mayo de 2025 17:58:43
Contexto y antecedentes del caso
Se resolvió una acción de tutela interpuesta por una ciudadana que solicitaba la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, seguridad social, salario mínimo vital y tutela judicial efectiva, presuntamente vulnerados por autoridades judiciales. El caso tenía origen en un proceso laboral ordinario contra entidades administradoras de pensiones, buscando el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez. La decisión favorable en primera instancia fue apelada, y el recurso fue admitido en la Sala Laboral del Tribunal Superior, donde se encontraba en trámite a la fecha de la tutela.
La solicitante argumentó su condición de invalidez, pérdida de capacidad laboral y situación de madre cabeza de familia, enfatizando que la demora en la resolución del recurso le ocasionaba perjuicios graves, por lo que pidió la asignación de un turno prioritario para la pronta sentencia.
Consideraciones jurídicas sobre la procedencia de la tutela
La Corte recordó que la acción de tutela procede excepcionalmente para proteger derechos fundamentales cuando no exista otro medio judicial eficaz o para evitar un perjuicio irremediable. Se verificó que la accionante estaba legitimada para presentar la tutela, y que la autoridad judicial demandada también estaba legitimada para responder. Además, se cumplían los requisitos de inmediatez y subsidiariedad.
No obstante, la Corte enfatizó que el juez constitucional no puede interferir en la autonomía e independencia de los jueces encargados de la administración de justicia, ni alterar el orden cronológico de los turnos, lo cual está prohibido por ley y constituye falta disciplinaria.
Mora judicial justificada e injustificada
Se explicó que la mora judicial es un fenómeno multicausal, muchas veces...
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