La corte niega tutela por extemporaneidad en recurso de casación y confirma aplicación de términos procesales
Proviene de: Sentencias
9 de mayo de 2025 10:3:10
Contexto y antecedentes del caso
La acción de tutela fue interpuesta contra la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia en relación con un proceso declarativo donde se discutía la existencia de una unión marital de hecho y la disolución de una sociedad patrimonial. Tras una sentencia favorable en primera instancia, el tribunal de segunda instancia revocó dicha decisión, negando las pretensiones por falta de prueba suficiente.
El accionante presentó recurso extraordinario de casación, admitido por la Corte Suprema, pero no sustentó el recurso dentro del término legal de 30 días, presentando la demanda de sustentación un día después del vencimiento del plazo. En consecuencia, la Sala declaró desierto el recurso. La tutela solicitaba anular estas decisiones alegando vulneración de derechos fundamentales, incluyendo un enfoque de género debido a la condición de vulnerabilidad del accionante.
Requisitos para la procedencia de la tutela contra decisiones judiciales
La Corte recordó que la acción de tutela procede contra decisiones judiciales sólo si se cumplen estrictos requisitos generales y específicos. Entre ellos, la cuestión debe ser de evidente relevancia constitucional, haberse agotado los recursos ordinarios, y que la decisión cuestionada sea arbitraria, caprichosa, o contraria a los fines esenciales del Estado social de derecho.
En este caso, la Sala concluyó que no se presentaron defectos sustantivos ni procedimentales que justificaran la tutela, pues la decisión cuestionada se fundamentó en la normativa vigente y respetó los principios de independencia judicial y cosa juzgada.
Análisis de la extemporaneidad y del enfoque de género
Respecto a la extemporaneidad, la Sala señaló que el artículo 343 del Código General del Proceso es...
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