La Corte Suprema confirma negativa a retracto litigioso en proceso divisorio
Proviene de: Sentencias
9 de mayo de 2025 19:10:46
La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia resolvió una impugnación contra una decisión de la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior de Neiva, relacionada con un proceso divisorio de un inmueble. El recurrente solicitó la protección de sus derechos fundamentales, argumentando que se vulneraron normas del Código Civil sobre el retracto litigioso.
Antecedentes del caso
El proceso divisorio se adelantó para determinar la división material y la entrega de un bien inmueble. Durante el trámite, se cedieron derechos litigiosos a un tercero, y el demandante promovió un incidente de beneficio de retracto litigioso, solicitando que se reconociera su facultad para acceder a dicho beneficio y que se ordenara la entrega de los dineros correspondientes. El juez de primera instancia negó el incidente, argumentando que el proceso era divisorio y no existía una relación de acreedor y deudor necesaria para aplicar el retracto litigioso. Esta decisión fue confirmada por la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior.Análisis jurídico y decisión de la Corte
La Corte recordó que la acción de tutela contra decisiones judiciales es procedente solo en casos de vulneración manifiesta de derechos fundamentales, cuando la decisión es arbitraria, caprichosa o contraria a la ley. En este caso, se determinó que el problema jurídico consistía en evaluar si el incidente de retracto litigioso era procedente. La Corte señaló que, conforme al Código Civil, el retracto litigioso requiere la existencia de una relación jurídica entre acreedor y deudor. En el proceso divisorio, las partes son comuneros, y no existe tal relación, por lo que no se cumplen los presupuestos para aplicar la figura. Además, la Corte...Más noticias sobre Derecho Civil
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