La Corte Suprema declara improcedente tutela contra embargos a cuentas de la UGPP
Proviene de: Sentencias
12 de mayo de 2025 13:11:52
Contexto y antecedentes del caso
La UGPP presentó una acción de tutela contra providencias judiciales emitidas por el Juzgado Quinto Laboral del Circuito y la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, que decretaron embargos sobre dineros de la entidad en cuentas del Banco Popular y Banco Agrario. La UGPP argumentó que estos embargos vulneraban sus derechos al debido proceso, acceso a la administración de justicia y seguridad social, invocando el principio de inembargabilidad de los recursos públicos que administra, conforme al artículo 63 de la Constitución Política, el Código General del Proceso y el Estatuto Orgánico del Presupuesto.
La entidad explicó que los recursos en cuestión forman parte del Presupuesto General de la Nación y que la UGPP tiene funciones de reconocimiento y administración pensional, pero no de pagaduría, por lo que los fondos están bajo la responsabilidad del Fondo de Pensiones Públicas de Nivel Nacional (FOPEP). Por ello, sostuvo que era improcedente el embargo de estas cuentas, ya que afectaba la sostenibilidad financiera del sistema y la correcta distribución de los recursos.
Consideraciones de la Corte Suprema
La Sala recordó que la acción de tutela busca la protección inmediata de derechos fundamentales, y que debe ser interpuesta dentro de un término razonable desde la presunta violación. En este caso, se constató que la tutela se presentó más de seis meses después de la última providencia que ordenó embargo, superando el plazo considerado razonable por la jurisprudencia constitucional.
Además, se enfatizó que en casos relacionados con decisiones judiciales, el principio de inmediatez debe aplicarse con mayor rigor para preservar la seguridad...
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