La Corte Suprema de Justicia niega tutela contra decisión sobre retroactivo de pensión de invalidez
Proviene de: Sentencias
14 de mayo de 2025 12:9:44
Antecedentes del caso
Un ciudadano interpuso acción de tutela contra una sentencia proferida por la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior de Neiva, que absolvió a la entidad de seguridad social del pago retroactivo de la pensión de invalidez. El reclamante argumentaba la vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, seguridad social y a una administración de justicia eficaz, debido a que solicitaba el reconocimiento de la pensión desde la fecha de estructuración de la invalidez en 2012, mientras que la entidad reconoció la prestación desde septiembre de 2016. El proceso judicial ordinario laboral concluyó con una decisión de primera instancia que ordenaba el pago de retroactivos y sus intereses, la cual fue revocada parcialmente en segunda instancia. La Corte Suprema recibió la tutela alegando defectos en la valoración del material probatorio y la interpretación jurídica.Consideraciones jurídicas
La Corte recordó que la acción de tutela contra decisiones judiciales es procedente solo si se cumplen requisitos estrictos, como la relevancia constitucional, agotamiento de recursos ordinarios, legitimación, inmediatez y la existencia de vicios graves como defectos fácticos, procesales o violaciones constitucionales evidentes. En el análisis del caso, se estableció que la cuestión fundamental era determinar desde cuándo debía reconocerse el derecho a la pensión de invalidez y si correspondía el pago retroactivo por períodos en que se percibió subsidio por incapacidad temporal. La ley 100 de 1993 dispone que la pensión se paga retroactivamente desde la fecha en que se produzca el estado invalidez, pero no puede coincidir con el pago de subsidios por incapacidad para evitar la doble percepción por la misma contingencia. El tribunal...Más noticias sobre Derecho Laboral
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