La Corte Suprema declara improcedente tutela contra el Consejo Superior de la Judicatura por concurso de méritos
Proviene de: Sentencias
9 de mayo de 2025 10:5:38
Antecedentes del caso
Un aspirante al cargo de oficial mayor de juzgado municipal presentó una tutela para proteger sus derechos fundamentales, argumentando que el Consejo Superior de la Judicatura vulneró sus garantías al negar su postulación basada en la expiración de la lista de elegibles conformada en un concurso de méritos desarrollado en 2011 y vigente hasta 2013. El solicitante reclamó que dicha lista debería mantenerse vigente para efectos de su nombramiento, alegando perjuicio irremediable al no poder asegurar su subsistencia ni la de su familia.
El Consejo Superior de la Judicatura respondió que la lista de elegibles venció en 2013 y que el aspirante no se postuló oportunamente a las vacantes publicadas, por lo que no era posible extender la vigencia del registro sin afectar el derecho a la igualdad de otros concursantes.
Consideraciones jurídicas
La Corte recordó que la acción de tutela es un mecanismo excepcional para la protección inmediata de derechos fundamentales y que no procede cuando existen otros medios judiciales para su defensa, salvo que se busque evitar un perjuicio irremediable.
En materia de concursos de méritos, los participantes aceptan desde la inscripción las condiciones establecidas, por lo que cualquier controversia sobre la interpretación o aplicación de las normas debe resolverse ante la jurisdicción contencioso administrativa mediante acciones de nulidad y restablecimiento del derecho. La Corte citó precedentes que reafirman esta competencia.
En este caso, el pronunciamiento administrativo que negó la postulación se presume legal y corresponde a la vía contencioso administrativa su revisión. No se evidenció un perjuicio irremediable que justifique el uso de la tutela como mecanismo transitorio, por...
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