La Corte Suprema confirma decisión sobre notificación en proceso ejecutivo
Proviene de: Sentencias
12 de mayo de 2025 13:10:18
Antecedentes del caso
Un ejecutado interpuso acción de tutela alegando vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa y acceso a la administración de justicia, en el marco de un proceso ejecutivo que se adelantó en su contra por una deuda contenida en tres letras de cambio más intereses. El juzgado de primera instancia libró mandamiento de pago y decretó embargo sobre bienes del ejecutado, notificándolo conforme a las disposiciones legales vigentes, incluyendo la Ley 2213 de 2022. Ante la imposibilidad de notificación física, se autorizó la notificación por correo electrónico. Posteriormente, el ejecutado otorgó poder general a una apoderada, quien fue reconocida por el juzgado y recibió acceso al expediente. El ejecutado presentó recurso extraordinario de revisión contra el mandamiento de pago, el cual fue rechazado por no cumplir con requisitos procesales. Luego, solicitó nulidad total y absoluta por la supuesta falta de notificación adecuada, solicitud que fue rechazada por el juzgado y confirmada en segunda instancia, al considerar que cualquier eventual nulidad se había sanado con la primera actuación procesal de la apoderada.Argumentos y trámite en tutela
El ejecutado acudió a la acción de tutela para que se protegieran sus derechos fundamentales y se ordenara la nulidad de las actuaciones procesales desde la notificación cuestionada. Alegó que durante el periodo en que se realizaron las notificaciones estuvo fuera del país y privado de comunicación, lo que impedía considerarse debidamente notificado. El juzgado y el tribunal de instancia defendieron la regularidad del proceso y la garantía de derechos fundamentales. La acción de tutela fue inicialmente admitida, pero finalmente negada por la Sala de Casación...Más noticias sobre Derecho Civil
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