La Corte Suprema niega tutela por retroactivo pensional en proceso laboral
Proviene de: Sentencias
13 de mayo de 2025 13:11:58
Antecedentes del caso
Una persona interpuso acción de tutela para proteger derechos fundamentales como el debido proceso, la defensa, la seguridad social, la igualdad y el acceso a la administración de justicia, presuntamente vulnerados por la autoridad judicial. El litigante promovió un proceso ordinario laboral contra la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) buscando el reconocimiento y pago de un retroactivo pensional desde la fecha en que solicitó la desafiliación al sistema, alegando haber cumplido con la edad y el tiempo de cotización requerido.
El juzgado de primera instancia condenó a Colpensiones al pago del retroactivo y de intereses moratorios. Sin embargo, la Sala Laboral del Tribunal Superior revocó esta sentencia, argumentando que el reconocimiento pensional debía partir de la fecha en que se solicitó formalmente la pensión y no desde la fecha inicial alegada, y que además la persona continuó cotizando después de la solicitud.
Frente a esta decisión, se presentó recurso extraordinario de casación que fue denegado por falta de interés para recurrir. Por ello, se interpuso la acción de tutela en cuestión.
Consideraciones jurídicas y decisión
La Corte Suprema recordó que la acción de tutela procede cuando se vulneran derechos fundamentales y no existen otros medios de defensa judicial, o cuando la tutela se usa como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable. En este caso, se cumplían los requisitos de procedibilidad y el plazo para la presentación de la tutela fue razonable.
Se destacó que el requisito indispensable para el disfrute de la pensión de vejez es la desafiliación efectiva al régimen pensional. Además, la Sala de Casación Laboral ha admitido que, en...
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