Logo Avance JurÍdico S.A.S

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

ISSN: 3114-9065

NUESTRO GRUPO

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2024, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades

La Corte Suprema confirma tutela que garantiza atención médica a persona privada de la libertad

Proviene de: Sentencias

12 de mayo de 2025 13:10:33

La Corte Suprema de Justicia revisó la impugnación presentada por la Dirección General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) contra un fallo de tutela que protegió los derechos fundamentales a la salud y vida de un privado de la libertad recluido en el Complejo Penitenciario y Carcelario de Bogotá (COMEB). El caso se originó tras la condena a cinco años de prisión por el delito de lavado de activos, sin concesión de suspensión condicional ni prisión domiciliaria. El condenado presentó tutela argumentando que, luego de su traslado a otro centro penitenciario, no se le estaba garantizando el tratamiento médico necesario para controlar sus patologías crónicas, incluyendo hipertensión arterial, obesidad y apnea obstructiva del sueño. Además, denunció la falta de medicamentos y la imposibilidad de asistir a citas médicas especializadas.

Fallo de tutela y argumentos de las partes

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá amparó los derechos a la salud y vida del reclamante, ordenando al INPEC y al director del COMEB garantizar la atención médica requerida en coordinación con la EPS a la que está afiliado. La decisión se sustentó en la presunción de veracidad de los hechos expuestos, el informe de la Clínica que confirmó la falta de atención y en la valoración médica que calificó las enfermedades como crónicas e irreversibles que requieren manejo continuo. En la impugnación, la Dirección General del INPEC alegó falta de legitimación para responder por la prestación del servicio de salud y negó responsabilidad en los traslados para citas médicas, señalando que estas funciones corresponden al centro de reclusión respectivo y a la familia...

Más noticias sobre Derecho Penal

No se encontraron sugerencias