La Corte Suprema confirma improcedencia de tutela sobre pensión convencional del ISS
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 11:1:9
Contexto y antecedentes del caso
El caso se originó en una acción de tutela promovida contra providencias del Juzgado Primero Laboral del Circuito y de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta. La accionante alegó vulneración de sus derechos fundamentales, especialmente al debido proceso, seguridad social, mínimo vital, igualdad y derecho a una pensión digna como persona adulta mayor.
La pensión convencional fue reconocida al amparo del artículo 98 de la Convención Colectiva del Instituto de Seguros Sociales, por el tiempo laborado entre 1977 y 2006. Posteriormente, mediante una resolución de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales (UGPP), se ordenó ajustar la mesada pensional, generando controversia sobre el pago de la mesada catorce.
El proceso ordinario laboral promovido pretendía obtener dicho reconocimiento y pago, pero tanto el juzgado de primera instancia como el tribunal de segunda instancia negaron las pretensiones, confirmando la improcedencia de la acción. Además, se denegó el recurso extraordinario de casación por no superar el umbral económico requerido.
Fundamentos jurídicos y fallo impugnado
La Sala de Casación Laboral revisó la acción de tutela y verificó el cumplimiento de requisitos de procedibilidad. Se determinó que no se cumplió con la subsidiariedad, ya que la accionante no agotó los recursos ordinarios disponibles, como el recurso de reposición y, en subsidio, el de queja contra la providencia que negó el recurso de casación.
La Corte recordó que la tutela contra providencias judiciales es un mecanismo excepcional y residual que debe respetar el principio de agotamiento de vías ordinarias para preservar la función jurisdiccional natural y evitar la sustitución...
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