Ministerio del Trabajo presenta proyecto de resolución para modificar lineamientos del Comité de Convivencia Laboral en Colombia
Proviene de: Proyectos de Resolución
14 de mayo de 2025 12:7:46
Propósito y alcance del proyecto de resolución
El proyecto de resolución tiene como propósito general modificar la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas. Asimismo, establece las responsabilidades que corresponden a los empleadores y a las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas frente al acoso laboral. La iniciativa se enmarca en el cumplimiento de normativas nacionales e internacionales, incluyendo el Convenio 190 de la OIT y la Ley 1010 de 2006, que buscan garantizar un entorno laboral libre de violencia y discriminación. El ámbito de aplicación comprende a empleadores públicos y privados, servidores públicos, trabajadores dependientes y las ARL en lo que respecta a sus competencias. Con esta actualización, se busca fortalecer la gestión de la convivencia laboral, mejorar la salud mental y el bienestar de los trabajadores, y promover relaciones laborales basadas en el respeto y la dignidad.Nuevas disposiciones y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral
El proyecto establece que el Comité de Convivencia Laboral estará conformado, en empresas con más de veinte trabajadores, por cuatro integrantes: dos representantes del empleador y dos de los trabajadores, con sus respectivos suplentes. Para empresas con menos trabajadores, la composición varía proporcionalmente, garantizando siempre la igualdad entre empleador y trabajadores. Los integrantes deben contar con competencias actitudinales y comportamentales como respeto, imparcialidad, tolerancia, confidencialidad y ética, además de habilidades en comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos. Se establece que no podrán integrar el Comité personas que hayan sido víctimas o denunciadas por acoso laboral en el último año. Cada Comité...Más noticias sobre Derecho Laboral
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