Consejo de Estado confirma negación de indemnización por descarga eléctrica al considerar culpa exclusiva de las víctimas
Proviene de: Sentencias
7 de mayo de 2025 17:58:1
Antecedentes del caso y demandas
El caso se originó por la muerte de una menor y las lesiones graves sufridas por su hermana, debido a una descarga eléctrica causada por contacto con un elemento metálico que ambas manipulaban sobre unas líneas de conducción de energía de media tensión instaladas en proximidades de su vivienda en Medellín. Los demandantes solicitaron que se declarara responsable a Empresas Públicas de Medellín ESP (EPM) y se condenara al pago de perjuicios morales y materiales por la muerte y las lesiones sufridas.Contestación y excepciones de la entidad demandada y aseguradoras
La entidad demandada se opuso alegando que las líneas eléctricas cumplían con las distancias de seguridad establecidas en la época, que las víctimas actuaron con imprudencia al manipular un objeto metálico cerca de las líneas eléctricas y que existió culpa exclusiva de las víctimas. Además, señalaron que no se probó la falla en la prestación del servicio. Las aseguradoras llamadas en garantía apoyaron la posición de la demandada y presentaron excepciones similares, incluyendo la inexistencia de responsabilidad y la falta de legitimación para reclamar indemnización por parte de los familiares.Sentencia de primera instancia
El Tribunal Administrativo de Antioquia negó las pretensiones de la demanda considerando que la actividad de conducción de energía eléctrica es peligrosa, por lo que se aplica el régimen de responsabilidad por riesgo excepcional. Se concluyó que la entidad demandada no incurrió en falla en el servicio y que se configuró la causal eximente de culpa exclusiva de las víctimas, ya que el accidente ocurrió por la conducta imprudente de las hermanas al manipular la...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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