Logo Avance JurÍdico S.A.S

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

ISSN: 3114-9065

NUESTRO GRUPO

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2024, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades

Consejo de Estado anula resolución de la SIC que negó registro de marca BLACK OUT

Proviene de: Sentencias

14 de mayo de 2025 16:48:17

La decisión del Consejo de Estado se dio en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto por la empresa solicitante contra las resoluciones 58950 de 2012 y 46907 de 2013, mediante las cuales la Superintendencia de Industria y Comercio negó el registro marcario solicitado para el signo mixto BLACK OUT, destinado a productos como café, té, cacao, azúcar, panadería y confitería, entre otros.

Oposición y fundamento de la SIC

El conflicto surgió luego de que un tercero con interés directo, titular de marcas mixtas notoriamente conocidas como OREO, presentara oposición alegando similitud que podría causar confusión en el consumidor. La Superintendencia confirmó la negación argumentando riesgo de confusión basado en semejanzas gráficas y cromáticas.

Análisis del Consejo de Estado

El Consejo de Estado, tras analizar el caso y solicitar interpretación prejudicial al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina sobre los literales a) y h) del artículo 136 de la Decisión 486 de 2000, concluyó que: - El elemento predominante en las marcas mixtas es el denominativo, por lo que el cotejo se centró en las palabras BLACK OUT frente a OREO y OREO BARZ, excluyendo términos genéricos o de uso común como DUO y COOKIE. - No existe similitud ortográfica ni fonética entre BLACK OUT y las marcas OREO, pues difieren en extensión, composición y sonoridad. - Desde el punto de vista conceptual, BLACK OUT y OREO son signos de fantasía sin significados comunes, por lo que no hay riesgo de confusión ideológica. - No se configuró el riesgo de confusión o asociación previsto en la normativa comunitaria para negar el registro. -...

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias