Consejo de Estado declara la nulidad del registro de la marca nominativa MULTILATINA DE SERVICIOS
Proviene de: Sentencias
9 de mayo de 2025 10:5:27
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, resolvió en única instancia la demanda presentada contra la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para declarar la nulidad de la Resolución que concedió el registro de la marca nominativa MULTILATINA DE SERVICIOS, solicitada por Global Investment & Trading Management Inc.
La demanda fue interpuesta por Banco Davivienda S.A., titular de los lemas comerciales UNA BANCA MULTILATINA, registrados en diversas clases de la Clasificación Internacional de Niza (16, 35, 36 y 38), por considerar que la marca solicitada genera un riesgo de confusión debido a la similitud con sus signos distintivos y la coincidencia en los servicios financieros y monetarios que identifican.
El análisis jurídico se centró en determinar si la Resolución impugnada vulneraba el literal c) del artículo 136 y el artículo 150 de la Decisión 486 de 2000 de la Comunidad Andina, así como normas constitucionales y procesales aplicables. Para ello, el Consejo de Estado contó con la interpretación prejudicial 730-IP-2018 emitida por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, que estableció criterios claros para el cotejo de signos distintivos y la evaluación del riesgo de confusión en materia de propiedad industrial.
Entre los aspectos más relevantes del fallo se destacan:
Comparación de los signos distintivos
- La marca MULTILATINA DE SERVICIOS y los lemas UNA BANCA MULTILATINA comparten la expresión “MULTILATINA”, que no es considerada de uso común para los servicios de la clase 36.
- Las palabras “DE”, “SERVICIOS”, “UNA” y “BANCA” son descriptivas o de uso común y fueron excluidas del cotejo, sin que ello afectara la posibilidad de...
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