Consejo de Estado ratifica responsabilidad del Municipio de Marquetalia por incumplimiento en conservación de recursos hídricos
Proviene de: Sentencias
12 de mayo de 2025 13:12:22
Contexto y antecedentes del caso
La acción popular fue interpuesta contra el Municipio de Marquetalia y la Corporación Autónoma Regional de Caldas (Corpocaldas) por presunto incumplimiento del artículo 111 de la Ley 99 de 1993, modificado por las Leyes 1151 de 2007 y 1450 de 2011. Esta norma obliga a departamentos y municipios a destinar al menos el 1 % de sus ingresos corrientes para la adquisición y mantenimiento de áreas estratégicas para la conservación de recursos hídricos que abastecen los acueductos. La demanda alegaba una vulneración del derecho colectivo a la moralidad administrativa y al goce de un ambiente sano debido a la supuesta omisión en la inversión de dichos recursos.Posiciones de las entidades demandadas
El Municipio de Marquetalia negó la vulneración, argumentando haber cumplido con la normativa mediante contratos, adquisición de predios estratégicos, siembra de árboles y programas de conservación en coordinación con Corpocaldas y otras entidades. Corpocaldas sostuvo que sus funciones se limitan a definir áreas prioritarias y apoyar técnicamente, sin responsabilidad directa en la inversión de recursos para adquisición de predios. Por su parte, el Departamento de Caldas afirmó haber destinado el 1 % de sus ingresos corrientes para conservación en el ámbito departamental, no específicamente en Marquetalia, y cuestionó la procedencia de la acción popular para este caso.Decisión del tribunal de primera instancia
El Tribunal Administrativo de Caldas declaró responsable al Municipio de Marquetalia y al Departamento de Caldas por la vulneración del derecho colectivo al goce de un ambiente sano, ordenando medidas concretas para la inversión y conservación de áreas estratégicas, además de exigir informes detallados sobre...Más noticias sobre Medio Ambiente
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