Consejo de Estado declara nulidad parcial de sanciones impuestas por la DIAN a intermediario aduanero
Proviene de: Sentencias
8 de mayo de 2025 17:7:5
Contexto y actos administrativos cuestionados
La sociedad intermediaria fue sancionada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) con una multa de más de 262 millones de pesos por no reportar oportunamente, a través del sistema electrónico de la DIAN, información correspondiente a 17 manifiestos expreso de carga aérea. La sanción se fundamentó en el numeral 2.6 del artículo 496 del Decreto 2685 de 1999, que establece la obligación de entregar la información en la forma y oportunidad previstas en la legislación aduanera. Mediante dos resoluciones, la DIAN impuso la multa y ordenó hacer efectiva la póliza de cumplimiento de disposiciones legales suscrita por la sociedad con una compañía de seguros, para garantizar el pago de la sanción. La sociedad demandó estas decisiones ante la jurisdicción contencioso administrativa, argumentando, entre otros aspectos, la violación del derecho de defensa por notificación defectuosa, falsa motivación y errores en la aplicación de los plazos para la entrega de la información.Análisis de la Sala Primera del Consejo de Estado
La Sala analizó la competencia para conocer del recurso de apelación y la legalidad de los actos administrativos sancionatorios. Se concluyó que la notificación de los actos se realizó conforme al régimen normativo vigente, validando el uso del Registro Único Tributario (RUT) como mecanismo para identificar la dirección para notificaciones, y la publicación en la página web de la DIAN ante la imposibilidad de notificación personal o postal. En cuanto a la tipicidad de la infracción, se sostuvo que la conducta sancionada corresponde al incumplimiento de la obligación de presentar la información en la forma y oportunidad establecida....Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias