Ministerio de Salud y Protección Social, Superintendencia Nacional de Salud e Instituto Nacional de Salud emiten Circular Externa Conjunta 00000016 de 2025 sobre alerta regional de sarampión y rubéola
Proviene de: Circulares
9 de mayo de 2025 10:6:2
Contexto y Objetivo de la Circular
La Circular Externa Conjunta 00000016 de 2025 responde a la alerta regional declarada debido al aumento significativo de casos de sarampión y rubéola reportados en varias regiones del mundo, incluyendo la Región de las Américas. El MSPS, como órgano rector del Sistema General de Seguridad Social en Salud, en coordinación con la Superintendencia Nacional de Salud y el Instituto Nacional de Salud, emite esta directriz para fortalecer las acciones de prevención, vigilancia y control de estas enfermedades transmisibles, que representan un riesgo potencial para la salud pública nacional e internacional.
El objetivo principal de la circular es establecer lineamientos claros y coordinados para la detección oportuna, seguimiento, vacunación y manejo de casos sospechosos o confirmados de sarampión y rubéola, así como para mitigar el riesgo de importación y brotes en el país. Se busca garantizar la articulación entre las entidades territoriales, los prestadores de servicios de salud, las administradoras de planes de beneficios y la red nacional de laboratorios, promoviendo la eficiencia y efectividad en la respuesta ante esta situación epidemiológica.
Contenido Principal y Alcance
La circular está dirigida a gobernadores, alcaldes, directores y/o secretarios departamentales y municipales de salud, gerentes de instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) públicas y privadas, entidades administradoras de planes de beneficios (EAPB), entidades pertenecientes al régimen de excepción de salud, el Instituto Nacional de Salud y puntos de entrada internacional.
Su ámbito de aplicación es tanto externo, involucrando a actores del sector salud y público en general, como interno en las instituciones de salud. La circular tiene carácter vinculante, dado que es emitida por autoridades competentes del sector salud y establece obligaciones claras para los destinatarios en el marco de la Ley 1438 de 2011 y el Decreto Ley 4107 de 2011.
El contenido sustancial se estructura en diversas secciones que incluyen:
- Acciones de las Direcciones Territoriales de Salud: Estas deben intensificar la vacunación contra sarampión y rubéola, mantener jornadas masivas, garantizar coberturas superiores al 95%, realizar caracterizaciones epidemiológicas, activar equipos de respuesta inmediata y asegurar la vigilancia y notificación oportuna de casos sospechosos.
- Comunicación con Población Vulnerable: Se enfatiza la elaboración de planes de comunicación inclusivos, con mensajes claros, adaptados a diferentes grupos poblacionales, incluyendo migrantes, personas con discapacidad y grupos étnicos. También se contempla la capacitación de comunicadores sociales y periodistas para difundir información adecuada.
- Responsabilidades de las IPS: Las instituciones deben asegurar la vacunación completa hasta los 10 años, verificar el antecedente vacunacional del personal en contacto con pacientes, capacitarse en protocolos clínicos, garantizar la atención integral y el aislamiento de casos, y realizar monitoreo constante.
- Acciones de las EAPB: Incluyen monitoreo del cumplimiento de guías clínicas, participación en estrategias de vigilancia, aseguramiento de la vacunación en la población afiliada y apoyo en la búsqueda activa de susceptibles.
- Red Nacional de Laboratorios: Se establecen directrices para la toma, conservación, envío y análisis de muestras para diagnóstico y vigilancia, con un algoritmo que contempla pruebas serológicas y moleculares, tiempos específicos para la recepción y procesamiento, y roles definidos para cada nivel de laboratorio.
- Acciones en Sanidad Portuaria: Se ordena fortalecer la vigilancia en puntos de entrada internacionales, desarrollar campañas informativas dirigidas a viajeros y trabajadores, actualizar planes de emergencia, garantizar el aislamiento y notificación inmediata de eventos sospechosos, y coordinar con autoridades aeronáuticas y portuarias.
- Vigilancia y Control: La Superintendencia Nacional de Salud queda encargada de vigilar y controlar el cumplimiento de la circular, asegurando que las entidades destinatarias apliquen las directrices establecidas.
Validez Legal y Alcance Vinculante
La circular se fundamenta en la Ley 1438 de 2011, que regula el Sistema General de Seguridad Social en Salud, y el Decreto Ley 4107 de 2011, que establece funciones y competencias del Ministerio de Salud y Protección Social. Asimismo, se vincula con el Decreto 780 de 2016 que reglamenta la vigilancia epidemiológica y la Red Nacional de Laboratorios.
Al ser emitida por las máximas autoridades en salud pública y supervisión sanitaria, la circular tiene fuerza vinculante para todos los destinatarios indicados, quienes están obligados a cumplir con las directrices en los plazos y condiciones señalados.
Declaración de las Autoridades
En la parte final de la circular, los titulares del Ministerio de Salud y Protección Social, la Superintendencia Nacional de Salud y el Instituto Nacional de Salud, suscriben el documento, lo que refleja el compromiso institucional para hacer frente a la alerta regional y proteger la salud pública.
Importancia e Impacto para los Destinatarios y la Sociedad
Esta circular es crucial para la prevención y control del sarampión y rubéola en Colombia, enfermedades que pueden causar brotes significativos con consecuencias graves para la salud colectiva. Su detallado enfoque garantiza que las entidades territoriales y prestadores de servicios implementen medidas coordinadas que permitan detectar casos a tiempo, controlar la transmisión, y mantener las coberturas de vacunación necesarias para preservar el estatus de país libre de circulación endémica.
Además, la circular promueve la inclusión y equidad en la comunicación y atención, contemplando población vulnerable y migrante, lo que fortalece la justicia social en el acceso a la salud.
Para el público general, esta directriz representa una garantía de que el Estado está adoptando medidas preventivas y de control frente a riesgos sanitarios internacionales, contribuyendo a la seguridad y bienestar colectivo.
Enlaces y Referencias
La circular remite a documentos oficiales y enlaces para consulta del esquema de vacunación y protocolos de vigilancia, disponibles en las páginas web oficiales del Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Salud, facilitando la consulta y seguimiento actualizado.
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Este instrumento normativo refleja la respuesta coordinada del sector salud frente a una alerta epidemiológica de alto impacto, resaltando la importancia de la cooperación interinstitucional y la responsabilidad conjunta para preservar la salud pública en un mundo globalizado. La implementación efectiva de estas directrices será fundamental para mantener el control de sarampión y rubéola en Colombia y proteger a toda la población frente a amenazas sanitarias emergentes.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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