Instituto Geográfico Agustín Codazzi ordena actualización catastral multipropósito en Cabrera, Cundinamarca
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7 de mayo de 2025 18:0:0
Contexto y Emisión de la Resolución
La Resolución 25-000-0034-2025 fue expedida el 2 de abril de 2025 por la Dirección Territorial Cundinamarca del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), entidad máxima autoridad catastral en Colombia. El documento fue publicado en el Diario Oficial No. 53.105 el 2 de mayo de 2025, y tiene carácter general, por lo que se dirige a todos los actores involucrados en la gestión catastral del municipio de Cabrera, especialmente a las autoridades locales y a la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR).
Tema Principal y Destinatarios
El asunto central de la resolución es ordenar el inicio del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en la zona rural y el centro poblado Simón Bolívar (02) de Cabrera. El proceso de actualización catastral es fundamental para garantizar que la información sobre los inmuebles refleje la realidad física, jurídica, económica y fiscal del territorio. El destinatario principal es el IGAC en su función de autoridad catastral nacional, así como la administración municipal y la SNR, quienes deben coordinar y supervisar el proceso.
Objetivo de la Resolución
El objetivo de esta resolución es dar cumplimiento a la obligación legal de actualizar la información catastral en todos los municipios del país dentro de un plazo máximo de cinco años, conforme a la Ley 1450 de 2011. La finalidad es mejorar la seguridad jurídica sobre la propiedad inmueble, apoyar la gestión fiscal local, fortalecer el ordenamiento territorial y promover una administración pública más eficiente y transparente.
Decisiones y Regulaciones Clave
La resolución ordena formalmente el inicio de la actualización catastral, que debe realizarse conforme a los lineamientos técnicos y jurídicos establecidos en la Resolución 1040 de 2023, modificada parcialmente por la Resolución 746 de 2024. Se establecen las siguientes disposiciones principales:
- El proceso debe incluir mecanismos diferenciados de intervención, tales como métodos directos e indirectos, declarativos y colaborativos, para identificar, incorporar o corregir cambios o inconsistencias en la información catastral.
- En caso de identificarse la presencia de Pueblos Indígenas y/o comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras en las áreas objeto de intervención, se deben implementar los instrumentos protocolizados en el marco de la Consulta Previa, Libre e Informada para catastro multipropósito, garantizando la participación y respeto a sus derechos.
- Dado que el municipio de Cabrera no está habilitado como gestor catastral ni cuenta con un gestor habilitado, el IGAC asumirá la prestación directa del servicio público de gestión catastral en esta jurisdicción.
- Se ordena remitir copia de la resolución a la Dirección de Gestión Catastral del IGAC, a la alcaldía municipal y a la Superintendencia de Notariado y Registro para la vigilancia y control del proceso.
- La resolución debe ser publicada en los términos de la Ley 1437 de 2011, garantizando la transparencia y el acceso público a la información.
Base Legal y Fundamentos Normativos
La resolución se fundamenta en diversas normas que regulan la gestión catastral en Colombia, tales como:
- El artículo 3° de la Ley 14 de 1983, que asigna a las autoridades catastrales la formación, actualización y conservación de los catastros con la finalidad de identificar física, jurídica, fiscal y económicamente los inmuebles.
- El artículo 24 de la Ley 1450 de 2011, que establece la obligación de formar o actualizar catastros en todos los municipios en períodos máximos de cinco años.
- El artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, que define la gestión catastral como un servicio público a cargo del IGAC y los entes territoriales habilitados.
- El Decreto 846 de 2021, que determina las funciones del IGAC y sus Direcciones Territoriales, incluyendo la prestación del servicio público catastral por excepción.
- Las Resoluciones 1040 de 2023 y 746 de 2024 del IGAC, que regulan los actos administrativos obligatorios para los procesos de formación y actualización catastral.
Impacto Potencial de la Resolución
La actualización catastral con enfoque multipropósito tendrá un impacto significativo en el municipio de Cabrera y su población. Al disponer de información catastral actualizada y confiable, se fortalece la seguridad jurídica sobre la propiedad inmueble, lo que facilita trámites legales y la inversión en el sector inmobiliario. Además, mejora la capacidad fiscal del municipio al optimizar la base para la liquidación de impuestos prediales.
El enfoque multipropósito implica que la información no solo servirá para fines fiscales, sino también para apoyar la planificación urbana y rural, el ordenamiento territorial y la formulación de políticas públicas más eficientes. La inclusión de mecanismos de consulta previa con comunidades indígenas y afrodescendientes garantiza la protección de derechos colectivos y la participación ciudadana.
Adicionalmente, la definición del IGAC como gestor directo del proceso en ausencia de gestores habilitados asegura la continuidad y calidad del servicio público catastral, evitando vacíos administrativos que puedan afectar la actualización de los datos y la gestión territorial.
Modificaciones y Vigencia
Esta resolución no modifica ni revoca disposiciones previas específicas, pero corresponde a la actualización periódica exigida por la legislación vigente y a las disposiciones técnicas recientes del IGAC. El acto administrativo entra en vigencia a partir de su publicación y contra él no proceden recursos, conforme al artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
Conclusión
La Resolución 25-000-0034-2025 representa un paso fundamental en la modernización y actualización de la información catastral en la zona rural y centro poblado Simón Bolívar del municipio de Cabrera, Cundinamarca. Al ordenar el inicio formal del proceso con enfoque multipropósito y establecer las directrices legales y técnicas pertinentes, el IGAC cumple con su rol de autoridad catastral nacional y contribuye al fortalecimiento de la gestión territorial, la seguridad jurídica y la administración pública local.
Este acto administrativo no solo beneficia al sector público, sino también a los ciudadanos y comunidades involucradas, garantizando una gestión catastral más inclusiva, precisa y útil para múltiples fines. Los próximos meses serán determinantes para la ejecución efectiva de este proceso y el cumplimiento de los objetivos planteados.
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Para consultar el texto completo de la resolución, puede acceder al Diario Oficial No. 53.105 del 2 de mayo de 2025, disponible en la página web de la Imprenta Nacional de Colombia.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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